DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: CONDENA al acusado: EDUARDO ANTONIO COLMENAREZ BETANCOURT, CI: 14.513.022, 31 años de edad, hijo de Adriana de Colmenarez y Evaristo Colmenarez, oficio trabajador social, residenciado Ruiz pineda 1, calle 3 con vereda 6, N° 8-42, Barquisimeto Estado Lara, punto de referencia al cruzar de la bodega el guaran, teléfono 0416-1256806. a sufrir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, PENA ESTA QUE LE IMPONE AL ACUSADO MAS LAS PENAS ACCESORIAS DE LEY, por la comisión del delito de ROBO PROPIO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal en concordancia con el articulo 80 en su segundo aparte ejusdem .-.
SEGUNDO: Se deja constancia que la pena principal para ext.....