Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 1, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley: CONDENO al ciudadano JOSE MANUEL CHIRINOS MORALES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.476.163, fecha de nacimiento 13-08-76 , de profesión u oficio: Comerciante, residenciado en el Barrio El Carmen Callejón 1 y 2 casa Nº 42-30 a 20 metros de la bloquera de cemento. Barquisimeto Estado Lara; a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRESIDIO, mas las penas accesorias al presidio previstas en el artículo 13 del Código Penal, en el establecimiento penal que le señale el Tribunal de Ejecución, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN tipificado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 80 segundo aparte, ambos del Código Penal.
La parte dispositiva de esta sentencia fue leída en la Audiencia realizada el día 05 de Diciembre del pr.....