DECISION. Oídas como fueron las partes este Tribunal 9° de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara con Lugar la aprehensión en Flagrancia de conformidad a lo establecido en el artículo 44 ordinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, concatenado con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal a los imputados COLMENAREZ GALLARDO EDWARD ALFREDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.925.752, HERNANDEZ GÓMEZ ANDER ABDIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.348.904 y SANTORO MEJIAS NICOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.835.751. Tal como se desprende del acta policial nº 0756 de fecha 17 de abril de 2012 suscrita.....