PRIMERO: La Suspensión Condicional del Proceso a favor de los acusados: previsto en el artículo 42 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal a favor del acusado Mario José Man, identificado de autos, por el lapso de SEIS (6) MESES y para el ciudadano Orlando Méndez, identificado en autos, por el lapso de NUEVE (9) MESES; previsto en el artículo 44 numerales 1 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, del texto adjetivo penal las siguientes condiciones: Residir en el domicilio aportado al Tribunal y participar al Tribunal cualquier cambio; Permanecer en un trabajo estable; y Someterse a la vigilancia del Delegado de prueba que le sea designado.- En consecuencia, cesan las medidas cautelares.-
SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, con copia de la decisión, a los fines de la vigilancia de los Probacionarios Mario José Man, identificado de autos, por el lapso de SEIS (6) MESES y para el ciudadano Orlando Méndez, identi.....