este Tribunal de Control No 09 administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la DEVOLUCION DEL VEHICULO descrito al ciudadano JOSE SANTANA DÍAZ, quien acreditó suficientemente por ante este Tribunal, la legitimidad del derecho que se subroga devuélvase las presentes actuaciones a la Fiscalia del Ministerio Público a los fines de que presente el correspondiente acto conclusivo. Devuélvase igualmente, previa certificación los documentos originales que corren insertos a los folios 4, al 18 del presente asunto. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 311,312 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal.