DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda la concesión de una medida cautelar sustitutiva, tal como la contemplada en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Adjetivo Penal, esto es, su presentación cada 30 días por ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal, en relación al imputado DAVID XAVIER MONTES DURAN y la libertad plena del imputado MELQUIADES BENITO HERNANDEZ RODRIGUEZ, en los autos identificados, y la continuación de la causa por el procedimiento abreviado. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 256 y 373, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. NOTIFIQUESE A LAS PARTES. REGISTRESE Y CUMPLASE.