Este Tribunal de Control N° 8, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO marca: Toyota, modelo: Corolla, placas: KAG-315, año: 1999, color: beige, tipo: Sedan, serial de carrocería: 8XA53AEB1X2004384, serial de motor: 4AM378531; solicitado por el ciudadano Gonzalo Yela Suárez. Indicándosele al solicitante que el mismo es el legitimado para solicitar la remisión de las actuaciones o puesta a disposición del Tribunal, pues el Ministerio Público y el órgano jurisdiccional son dos entes autónomos e independientes, no pudiendo invadir el Juez las atribuciones del titular de la acción penal, quien es el llamado por el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal a la devolución de los objetos que guarden relación con los delitos.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.
La Juez de Control N° 8
El Secretario
Abg. Minerva Parra Montilla.