Por cuanto el Acusado de marras solicita la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO y siendo que el presente delito admite tal Medida Alternativa, este Tribunal acuerda LAS CONDICIONES POR EL LAPSO DE CUATRO (04) MESES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 42 ULTIMO APARTE DEL CÓDIGO ORGÁNICO PORCESAL PENAL, por el delito de CONTAMINACION POR UNIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 46 de la Ley Penal del Ambiente, imponiéndose las siguientes condiciones como lo son: 1) Mantenerse en la dirección aportada y en caso de cambio de dirección debe informar al tribunal. 2) Realizar una donación de 3.339,98 bsf a IMPARQUES del Estado Lara, consistente en donación de 2 picos, 1 escardilla, 2 tijeras truper, 2 palas cuadradas, 1 tijera truper, 1 perdiga telescópica, 1 tijeras bahco corta setos, 2 rastrillos, 1 fumigador manual, lo que son materiales para el mantenimiento del vivero a construir en el parque nacional terepaima. 3) Acudir a charlas en el Ministerio del Ambiente. Debe compar.....