Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Octavo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano 1) FERNANDEZ HERRERA JONATAHN ANTONIO Titular de la cédula de Identidad Nº 14.987.647, residenciado en el Barrio la Lucha, Avenida Principal, casa Nº 68, Estado Lara, y 2) VIZCAYA CUICAS ANGELO SEGUNDO, Titular de la cédula de Identidad Nº 19.780.906, residenciado en el Barrio la Lucha, Avenida Principal, Estado Lara. a sufrir la pena de SEIS (06) AÑOS de PRISIÓN, por ser autores responsables del Delito de Robo Propio previsto y sancionado en el Articulo 455 del Código Penal en agravio de el ciudadano BAYEN TOYBER WILLIAMS SAMUEL calculándose la pena con base a lo dispuesto en las normas sustantivas y procesales respectivas; SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, la.....