D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 7, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL, contra de la ciudadana NORYS LOBATON MARCHAN, anteriormente identificada, por la comisión del delito de Detentación Ilícito de Arma de Fuego, aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito y Encubrimiento, previsto y sancionado en los artículos 5, 278, 472 y 255 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto están dados los presupuestos de los Artículo 250, 251 y 252, todos del Código Orgánico Procesal Penal y la misma la cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara. Manténgase Privación Judicial Preventiva de Libertad. Las partes quedarón notificados en la audiencia. Cúmplase. No se otorgan medias cautelares de las que solicitó el defensor.....