Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: Se ordena la prosecución de la presente causa por los tramites del procedimiento Ordinario SEGUNDO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, CONSISTENTE EN PRESENTACIÓN PERIÓDICA CADA OCHO (08) DIAS POR ANTE LA UNIDAD DE RECEPCION DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, todo ello de conformidad con el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los imputados, Escobar Douglas Ramón, titular de la Cédula de Identidad N° 7.916.161 y Ybrain Pérez José Manuel, portador de la cédula de Identidad N°: 10.120.559,, residenciado en la vereda 01 del Barrio San José de la población de Guarico, Municipio Moran el Tocuyo, Estado Lara; por la presunta comisión del Delito de Activ.....