Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero :MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, CONSISTENTE EN PRESENTACIÓN PERIÓDICA CADA TREINTA (30) DIAS POR ANTE LA UNIDAD DE RECEPCION DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, todo ello de conformidad con el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a las imputadas, Ciudadanas:ZHANDRA KARLAY PÉREZ BENCOMO, titular de la cédula de identidad N :18.736.021, 19 años de edad, profesión u oficio Ama de casa, estado civil soltera, fecha de nacimiento 08-08-1986, natural de esta ciudad, residenciada en el Barrio 12 de Octubre calle 3 entre carreras 4 y 5 Casa N° 5-68 a una cuadra del Stadium de Softball Barquisimeto -Estado Lara, y TANIA DE LOS ÁNGELES REYES FIGUEROA, portadora de la cédul.....