Por las razones expuestas, este Tribunal de Control Nº 5, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo a las previsiones legales contenidas en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena LA APREHENSION A NIVEL NACIONAL de los 1) Ricardo Javier López Briceño, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.222.129, natural de Caracas, Distrito Capital nacido en fecha 17.041.986, de 23 años de edad, soltero, grado de instrucción Bachiller, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Jairo López y Maria Rodríguez, residenciado en la Mata, calle 5 entre Avenidas 2 y 3 casa sin punto de referencia a 1 cuadra de la Escuela la Mata Cabudare Estado Lara. Telefono 0416-9373590. No presentó causa en el sistema Informático Juris 2000. 2) Alirio Moisés Torrelles López, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.104.894, natural de Barquisimeto , Estado Lara, nacido en fech.....