DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE DETENCION DOMICILIARIA, impuesta al imputado ALEJANDRO HIDALGO MOSQUERA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.246.540, fecha de nacimiento 08-03-1972, residenciado en la calle 04, con Carrera 06, Sector Andrés Bello El Cují, conforme lo establecido en el tercer ordinal del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, y acuerda la CAPTURA del mismo a nivel nacional y en el lugar donde se le encuentre. En consecuencia, se acuerda oficiar a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. OFICIESE. Notifíquese a las partes. REGISTRESE Y CUMPLASE.