Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con fundamento en el artículo 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO contra los acusados ADEMAR EFRAÍN PERAZA, titular de la Cédula de Identidad No 18.332.241, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO previstos en los artículos 458 y 470 del Código Penal, y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto en el artículo 264 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. JUAN CARLOS DAZA CORDERO, titular de la Cédula de Identidad No 18.905.259, y MARIO LEONARDO SOJO, titular de la Cédula de Identidad No 18.421.37, por la presunta comisión del Delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO Y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en los.....