Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Tercero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 376 eiusdem, Decide: Primero: Se condena a cinco (5) años y cuatro (4) meses de prisión, más las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano al ciudadano: Withecker Johan Martínez Barco, venezolano, titular de la cedula de identidad V- 18.949.403. Natural de Barquisimeto estado Lara, de 21 años de edad, nacido el 13-06-89. Soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en Barrio Unión, carrera 8 con calles 14 y 15 casa s/n, Barquisimeto estado Lara, por el delito de de Robo Agravado, en grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordan.....