DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control N° 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO: HACER LA ENTRTEGA DEL VEHICULO: Clase Moto, tipo Paseo, Uso Particular, color negro, placa GAE-050, marca Yamaha, Año 1999, modelo BW´S, serial de motor 4VP102173, serial carrocería 4VP102173, en calidad de Plena Propiedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 el Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano PROSPERO PAUL GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 4.586.353, domiciliado en final de la Avenida Stadium, casa N° 57 Quibor Edo. Lara. SEGUNDO: Oficiar al Estacionamiento Concordia que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo ya identificado al mencionado ciudadano en calidad de plena propiedad. TERCERO: Se acuerda notificar del presente auto a la Fiscalia Séptima del Ministerio Público del Estado Lara. Notifíquese al solicitante y e.....