Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: 1°) A los fines de legalizar la detención de los imputados se califica como Flagrante la Aprehensión conforme a lo establecido en el Ord. 1° Art. 44 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , 2°) Asimismo conforme al Art. 280 del COPP, se ordena la tramitación de la causa por el Procedimiento Ordinario, 3°) Considera el Tribunal que la precalificación Fiscal esta ajustada a Derecho, 4°) Conforme a lo establecido en el artículo 250, 251, parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 252 ejusdem, Decreta la Medida Privación de Libertad al ciudadano VENANCIO JOSE GARCIA, tomando en consideración las actas policiales la acta de Registro, así como los antecedentes .....