DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se condena al ciudadano LIUGER ALFREDO ROBLES, de cédula de identidad V-13.602.444, 30 años de edad, Soltero, Reparador de Computadores, de instrucción 2° año de bachillerato, fecha de nacimiento 31-10-1977, natural de Maracay-Estado-Aragua, hijo de Neris Robles y Adolfo Torres, residenciado en la calle Comercio entre Girardot y Páez Casa Nº 115-10 Valencia-Centro-Carabobo, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias por ser autor responsable del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículos en relación con el artículo 80 del Código Penal. SEGUNDO: Se MANTIENE la Medida C.....