En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Acuerda la ORDEN DE APREHENSIÓN A NIVEL NACIONAL, solicitada por la Fiscalia 10 del Ministerio Publico del Estado Lara contra los ciudadanos ARQUIMEDES JOSE DAZA JIMENEZ, venezolano, Cédula de Identidad Nº V- ____, profesión u oficio indefinida, de 18 años de edad, nacido en fecha 17-07-1994, residenciado en el Caserío El Cerrito, avenida Principal, casa sin número, Parroquia Cabo Jose Dorante, Municipio Jiménez, del Estado Lara; FREDDY DE JESUS PEREZ GOYO, venezolano, Cédula de Identidad Nº V- ____, profesión u oficio indefinida, de 22 años de edad, nacido en fecha 11-05-1991, residenciado en el Caserio El Cerrito, Avenida Principal, Cerca de la Cancha, Parroquia Cabo José Dorante, Municipio Jiménez del Estado Lara; y el ciudadano GILBERTO JESUS TORREALBA MARQUEZ, venezolano, Cédula de Identidad Nº ____, profesión u oficio indefinida, residenciado e.....