DISPOSITIVA:
En merito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Nº 1, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara POR ESTE ACTO POR ENCONTRARSE DE GUARDIA, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: SE DECLARA SIN LUGAR, la solicitud formulada por la Dra. LAURA ADAMS CAMACHO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 67.786, actuando en virtud de designación como Defensa Privada del imputado GUILLERMO JOSE ESTEVA MONTENEGRO, (....), de decreto de la libertad plena o en su defecto medida cautelar de la libertad por vencimiento del lapso para la presentación del acto conclusivo del ley, de conformidad a lo previsto y sancionado en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; ello obedece a que fue verificado por este Juzgado de la revisión del sistema informático juris 2000, y en físico se constato remisión del despacho fiscal mediante oficio Nº 2304, co.....