DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación signado con el N° KP01-R-2014-000883, interpuesto por la Abg. Lina Elena Dupuy Rodríguez y Abg. Dolimar Pérez, en su carácter de Defensoras Privadas del ciudadano MARUAN AYOUD AYOUD y el Recurso de Apelación, signado con el N° KP01-R-2014-000892, interpuesto por la Abg. Lina Elena Dupuy Rodríguez, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano EDUARDO LUÍS CRESPO BARCO, ambos contra la decisión dictada en fecha 28/11/2014 y fundamentada en fecha 03/12/2014, por el Tribunal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control N° 6 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano M.....