DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Ciudadano José Miguel Mora Suarez, titular de la cedula de Identidad N° 25.961.988; ya que, en consta pronunciamiento por parte del Tribunal A Quo en donde ordena librar los oficios respectivos a los órganos competentes, a los fines de que se deje sin efecto la orden de aprehensión que pesa sobre el Ciudadano José Miguel Mora Suarez, titular de la cedula de Identidad N° 25.961.988, desde fecha 10-09-2015, en tal sentido se verifica el pronunciamiento en la presente causa, lo cual es el objeto de la presente acción de amparo, por lo que, la OMISIÓN a la que se le atribuía la presunta violación de los derechos constitucionales seg.....