DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Mildred Marín Peraza, en su carácter de Defensora Publica Auxiliar Decima Novena del Sistema Penal Ordinario, actuando en tal carácter del ciudadano WILLIAN ENMANUEL RONDON REDRIGUEZ, contra de la decisión dictada en fecha 28 de Noviembre de 2015 y fundamentada en fecha 09 de Diciembre de 2015, por la Juez del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, en el ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2015-022937 , mediante la cual Decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano WILLIAN ENMANUEL RONDON REDRIGUEZ, la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA .....