DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, resuelve:
PRIMERO.: Declarar SIN LUGAR la Apelación interpuesta por los Abogados Carmen Esperanza Hernández y Boris Faderpower, actuando en su condición de Defensores Privados de la ciudadana Yaquelin del Pilar Abreu Marín, en contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 01 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 18 de Marzo de 2015 y fundamentada el 01 de Junio de 2015, mediante la cual declara CULPABLE Y CONDENA a la ciudadana Yaquelin del Pilar Abreu Marín, titular de la cédula de identidad Nº V-10.319.620, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 321 del Código Penal.
SEGUNDO: Confirma.....