DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Auxiliar Primera Abg. Andrea Oropeza Ojeda, actuando en tal carácter del ciudadano LUIS DANIEL HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº.25.136.799, en contra la decisión dictada en fecha 05 de Septiembre de 2017 y fundamentada en fecha 07 de Septiembre de 2017, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº09 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreta La Medida de Privación Judicial Preventiva De Libertad en contra del ciudadano LUIS DANIEL HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nº.25.136.799, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, .....