En fuerza de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara SIN LUGAR la Inhibición planteada por la Jueza Cuarta en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, abogada Marisol López González, mediante acta levantada en fecha 24 de Noviembre de 2014, en el asunto Nº KP01-P-2010-006626, en virtud de haber celebrado la audiencia de calificación de flagrancia, cuando cumplía función como Jueza de Control, en el asunto seguido al ciudadano Efrén José Padrón Caruci, con fundamento en la causal prevista en el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.