DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por la Abg. Andrea Oropeza, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano GABRIEL ALEXANDER MARCHAN SILVA, contra la decisión dictada en fecha 07/08/2016 y fundamentada en fecha 08/08/2016, por parte del Tribunal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control N° 4 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de los ciudadanos GABRIEL ALEXANDER MARCHAN SILVA, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte, en concordancia con los ordinales 7° y 10° de la Ley Orgánica de Dro.....