DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR SIN LUGAR la RECUSACIÓN, interpuesta por el Abg. Gerardo Enrique Suarez, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos Pedro Eduardo Batman, Luis Alberto Caez y Angel Alberto Ruiz Moreno, contra la Juez Itinerante Tercera de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, extensión Carora, Abg. Griselda Salas, en el Asunto Principal signado bajo el KP11-P-2014-001626, de conformidad con la causal prevista en el artículo 89 numeral 8º del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese. Líbrese Boleta de Notificación al recusante y oficio al Juez Recusado, a los fines de remitirle copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Corte de Ap.....