Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Centro Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: Declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado CARLOS ORTEGA, defensa técnica de los ciudadanos MANUEL SINECIO LINARES ANDARA y ZUGLEYCA DEL CARMEN CUICAS FARFÁN, en contra de la decisión de fecha 17 de marzo de 2016, por el Juez del Tribunal de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, mediante la cual declaró "PRIMERO: CULPABLE a los ciudadanos MANUEL SINECIO LINARES ANDARA, venezolano, natural de Guanare Estado (sic) Portuguesa, de 33 años de edad, fecha de nacimiento: 15-05-1981, de profesión u oficio indefinida, de estado civil soltero, titular de la cédula de i8dentidad N(...), residenciado en la Urb. Simón Bolívar, calle 3, casa .....