En consecuencia de todo lo antes expuesto, y por cuanto la parte demandada no compareció a dar contestación a la demanda, y durante el lapso probatorio no promovió ninguna prueba que le favoreciere, esta juzgadora considera que lo procedente es declarar con lugar la demanda por desalojo de local comercial, seguida por la sociedad mercantil Inversiones La Maracaibera S.A., contra la firma mercantil Alvir C.A., y así se declara.
DECISION
Por las razones antes expuestas es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la defensa de orden público alegada por la firma mercantil Inversiones Alvir., respecto a la inepta acumulación de pretensiones, SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, intentada por la Sociedad Mercantil INVERSIONES LA MARACAIBERA S.A., inscrit.....