DECISIÓN
En consecuencia, por las razones antes expuestas, este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMÓN PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. CON LUGAR la solicitud de Divorcio, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos RENNY RENÉ PACHECO ARRAEZ y SANDRA MARITZA MAURIELLO CARUCÍ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.553.915 y V-7.388.443 respectivamente.
2. En cuanto a las manifestaciones relacionadas con los bienes queda extinguida la comunidad de gananciales entre las partes de conformidad con el artículo 173 del Código Civil venezolano, y si hubiere bienes que liquidar deberán acudir los solicitantes a los canales o vías contempladas en el Código Civ.....