Este Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrado justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de ADOPCIÓN PLENA, presentada por el ciudadano WILLIAMS FRANCISCO SOCAS ARAGOT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.952.443, debidamente asistido por las Abogadas LUIGIA PASSARIELLO VERDICCHIO y CARMEN MAGALY ALVAREZ SILVA, Inpreabogado Nros. 38.257 y 19.534, a favor del ciudadano HERBERTH JHON HERNANDEZ ALCANTARA, titular de la cedula de identidad bajo el N° 23.481.197.
SEGUNDO: Se DECRETA LA ADOPCIÓN PLENA E INDIVIDUAL propuesta por el ciudadano WILLIAMS FRANCISCO SOCAS ARAGOT, antes identificado a favor del adulto ciudadano HERBERTH JHON HERNANDEZ ALCANTARA, antes identificado, en consecuencia de conformidad con el artículo 54 de la Ley sobre Adopción, el ciudad.....