El Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, especialmente por el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos JOSÉ DANIEL FERNÁNDEZ MOLINA y ELYMAR CRISTINA GONZÁLEZ DAPENA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.921.454 y V-15.885.785, respectivamente, asistidos en este acto por la Abg. Laisu C. Chang P., Inpreabogado N° 148.923,, por ante el Registro Civil del Municipio Simón Planas del Estado Lara, en fecha 13 de junio del 2014, anotado bajo el Nº 71, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 2014. Durante el matrimonio las partes manifestaron que no procrearon hijos. En consecuencia, se declara disuelta la comunidad de gananciales existentes entre las partes, de conformidad con lo previsto en el artícul.....