Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y especialmente en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos ANTHONY JAVIER MONTANO MORALES Y MARIA DE LOS ANGELES DORANTE mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° V- 20.669.990 y V-19.779.545, respectivamente, asistidos por el abogado EDGAR HERNANDEZ FREITEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 67.744, por ante la parroquia Concepcion, municipio Iribarren del estado Lara, en fecha 27 de Mayo de 201.....