Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARE INADMISIBLE la presente demanda de DIVORCIO 185-A, intentada por el ciudadano RAFAEL JOSE SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.252.681, representado por los Abogados DIOMELIS RAMONA PARGAS y LUIS ALBERTO COLMENAREZ, Inpreabogado Nos 205.291 y 153.285, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 191 del Código Civil en concordancia con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil.