Se DECLARA: PRIMERO: PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente acción de Resolución de Contrato intentada por la ciudadana ANGELA MILEXA ESCALONA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.607.026, de este domicilio, asistida por la Abogada DIGNA ARRIECHE MOGOLLON, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 8.203, contra los ciudadanos CANDIDA ELIMAR CHAVIEL y JORGE LUIS REA YAJURE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.003.352 y V- 13.921.158, de este domicilio.