En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, este Tribunal Cuarto de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículos 75 Primer Aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 26 y 394 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, Declara CON LUGAR, la acción de Colocación Familiar, planteada por el ciudadano JEAN CARLOS SISIRUCA MOGOLLON, en beneficio del adolescente (Identidad omitida de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), siendo cumplida en familia sustituta, específicamente en el hogar del ciudadano JEAN CARLOS SISIRUCA MOGOLLON, ubicada en la Urbanización Yucatán, segunda etapa, calle 25, casa Nº 25-41, Vía Duaca y en consecuencia se l.....