Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el primer aparte del artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 26, 27, 30, 399 y 400 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA CON LUGAR, la Colocación Familiar, planteada por NEYL ANTONIO CORDERO Y ANNY JOSEFINA PARADAS ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, de titulares de las cédulas de identidad Nºs 12.091.927 y 11.879.927, en beneficio de IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
, en contra de la ciudadana KEILA SUSANA PARRA CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V. 20.644.667, ya identificados; siendo cumplida en el hogar de los ciudadanos NEYL.....