DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos JOSE FRANCISCO ROMERO BARRIOS y ELSA BEATRIZ ROJAS PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.606.098 y V-11.267.745, respectivamente, contraído por ante el alcalde del Municipio José Gregorio Bastidas, del entonces Distrito Palavecino del estado Lara, en fecha 29 de diciembre del año 1987, quedando anotada bajo el Nº 151, del Libro de Registros de Matrimonios llevados por dicho despacho durante el año 1987.