En virtud de lo antes expuesto conforme lo establecido en el articulo 472 de la ley especial que rige la materia, en consecuencia procede en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a Declarar Desistido el procedimiento de Obligación de Manutención incoado por el abogado DINKO ANTON TUDOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 147.100, en su carácter de abogado apoderado de la ciudadana LUISA MARIA PALMIOTTO LOZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.140.958, en contra del ciudadano DAVID ESTEBAN ALEMAN SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.266.956, se declara Extinguida la Instancia, pudiendo la demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. En consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando.....