Este Tribunal en atención a lo estipulado en los articulo 8, 27, 365, 385,386, 387 y 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley imparte la Homologación al acuerdo celebrado entre los ciudadanos, EGLIS MAR MONTILLA PEREZ, e IVO ALI CORDERO GRANDA, antes identificados, ya identificados, en beneficio de identidad omitida con forme a los establecido en el articulo 65 de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y Adolescente , logrado en fase de mediación, por estar conforme a la Ley y no vulnerar derechos de las beneficiarias.