este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Declara CON LUGAR el Divorcio por Ruptura Prolongada de la vida en común solicitado por los cónyuges, y en consecuencia se acuerda la Disolución del Vinculo Conyugal contraído por los ciudadanos DAMELYS DEL VALLE MELENDEZ NORIEGA y ANTHOLYZ ELIAN DUDAMEL MORA, ya identificados, contraído por ante el Registro Civil de la parroquia Juan de Villegas, municipio Iribarren del estado Lara, en fecha 28 de noviembre de 2002, bajo el No. 456, folio 458 frente En tal virtud se Homologan los acuerdos manifestados en esta audiencia bajo los términos transcritos.