DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer, en funciones de Control, Audiencia y Medidas número 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Se ratifican las medidas de protección y seguridad a favor de la víctima, que habían sido impuestas por la Prefectura del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 25 de octubre de 2010, al ciudadano HERNÁN JOSÉ PERDOMO, venezolano, con cédula de identidad número V.-1.268.569, siendo éstas las contenidas en los artículos 87, numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, esto es, la prohibición de acercarse a la víctima y la prohibición de realizar, por sí mismos o por terceras personas actos de persecución, intimidación o acoso hacia la víctima o algún(a) integrante de su familia. SEG.....