DECISIÒN
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley declara: Con lugar la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos Rosaura Del Carmen Meléndez de Piña y José Ramón Piña Piña, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-5.937.717 y V-5.929.868, respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.