DECISIÒN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con lugar la demanda de obligación de manutención, acorde al compromiso suscrito por los ciudadanos Yessika Alejandra Vasquez Vasquez y Johanny José Vasquez, ya identificados, todo de conformidad con lo previsto en la norma del artículo 383 literal "B" y 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, el ciudadano Johanny José Vasquez, ya identificado, continuara aportando todo lo acordado en sentencia de fecha 12 de marzo de 2002, signada bajo el Nº 94-2002, como es el descuento mensual del treinta por ciento (30%) de los ingresos del demandando, de las prestaciones y utilidades p.....