Se procede a Homologar el acuerdo suscrito entre los ciudadanos María Elena Del Socorro Gómez Cardozo y Federico José Chávez Domoromo, ya identificados, y quedando establecido de la siguiente manera: El ciudadano Federico Chávez, ya identificado deberá cancelar lo adeudado por el incumplimiento del cincuenta por ciento (50%) de los gastos de vestido, educación, transporte, medicinas, médicos, uniformes, útiles escolares y demás gastos suma que alcanza a la cantidad de ciento cincuenta y seis mil seiscientos setenta y cinco bolívares (156.675,00. Bs.) por lo cual le corresponde el cincuenta por ciento (50%) que alcanza la suma de setenta y ocho mil trescientos treinta y siete bolívares (78.337,00. Bs.), dicha cantidad deberá ser cancelada antes del treinta (30) de julio del presente año.