Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley declara: Desistida la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos Yubire Mariela Medina y Ender Aduar Marchan Quintini, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-13.777.715 y V-11.700.925, respectivamente.