Este Juzgado observa:
Por cuanto en fecha 14 de junio 2012, este Juzgado dictó sentencia de Obligación de Manutención signada bajo el N° 310– 2.012, se procede a Homologar el acuerdo suscrito entre los ciudadanos Alicia Mercedes Silva Fuentes y Juan Carlos Medina Pérez, ya identificados y queda establecido de la siguiente manera: El ciudadano Juan Carlos Medina Pérez, antes identificado, se compromete a cancelar el día diecisiete (17) de febrero de 2017, la deuda por la obligación de manutención y los gastos navideños de su hijo, tal y como fue acordado en la sentencia N° 310– 2.012, la cantidad de cincuenta mil cuatrocientos bolívares (Bs. 50.400,00), dichos montos serán transferidos a una cuenta a nombre de la ciudadana Alicia Mercedes Silva Fuentes, antes identificada, en la entidad bancaria Banco Provincial Nº 01082402810100196389 y consignará la planilla ante este juzgado como prueba de haber cancelado la deuda, todo conforme a lo acordado por las partes.