Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley declara: Desistida la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos Rubén David Castejón Rodríguez y Bernalda María Pineda de Castejón, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-12.449.286 y V-15.673.153, respectivamente.